La eficacia del prederecho ante la clausura del autoderecho contemporáneo
DOI:
https://doi.org/10.25247/P1982-999X.2018.v1n1.p130-152Resumen
La crisis de legitimidad de las instituciones jurídicas contemporáneas, diagnosticada en el último siglo desde las obras de Max Weber y Carl Schmitt hasta las de Jürgen Habermas y Giorgio Agamben, parece no encontrar respuestas en las soluciones políticas modernas representadas por los regresos a las obras de autores clásicos como Hobbes o Locke. En la búsqueda de nuevos modos de pensar este problema, este artículo se ocupará de la noción de prederecho, elaborada en 1951 por el jurista e historiador durkheimiano Louis Gernet. Comenzando por una descripción general de la comprensión sociológica de los fenómenos jurídicos, expondremos a continuación las relaciones entre el prederecho, la magia, la religión y el derecho, así como las discusiones sobre el tema en las investigaciones de Émile Durkheim, Marcel Mauss y Giorgio Agamben.
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